Tercera edición. Cuatro piezas, de la más reciente a la más antigua: una reforma que el Pleno del Congreso de la CDMX ya aprobó contra el ruido excesivo pero que aún no se publica en la Gaceta Oficial, un modelo climático que calcula el riesgo de calor ocupacional para el Mundial 2026 con una cifra concreta para Monterrey, un estudio de tres años en una automotriz china que mide una baja real en hipoacusia al combinar clasificación de riesgo de ruido con prueba de ajuste de protectores, y un estudio transversal en Tanzania que asocia la vibración de cuerpo entero con más dolor lumbar crónico. Ninguna cambia hoy una obligación en México, y cada nota dice por qué.
Normativa14 sep 2026
El Pleno del Congreso de la CDMX aprueba sancionar el ruido excesivo con multa o apercibimiento
El 14 de septiembre de 2026, en su comunicado 2380, el Congreso de la Ciudad de México informó que el Pleno aprobó el dictamen —turnado antes por la Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Cambio Climático, Protección Ecológica y Animal— que reforma el artículo 5 y adiciona un Capítulo VII al Título V de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México, a iniciativa del diputado José Luis Rodríguez Díaz de León (MORENA). El dictamen faculta a la autoridad a sancionar con multa o apercibimiento a quien exceda los límites de ruido permitidos, y el comunicado cita a la Organización Mundial de la Salud en el sentido de que una persona no debería exponerse a más de 60 decibeles, como justificación de que el ruido prolongado genera ansiedad, estrés y problemas de audición. En la misma sesión el Pleno aprobó, por separado, incorporar el término «lixiviado» a la misma ley ambiental, a propuesta de la diputada sin partido Teresa Ramos. El comunicado no publica montos de multa, no da un límite de decibeles operativo para el dictamen de ruido, no distingue si el alcance cubre fuentes fijas industriales o se limita al ruido entre particulares y espacios públicos, y no menciona que el decreto ya se haya publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México ni una fecha de entrada en vigor.
Qué significa para ti
Es una aprobación del Pleno, no solo de comisión —el paso que en ediciones anteriores seguíamos como pendiente— pero el dictamen todavía no es exigible: falta que la Jefatura de Gobierno lo promulgue y lo publique en la Gaceta Oficial, y el propio comunicado no dice cuándo ocurrirá eso. Tampoco aclara si esta reforma toca los límites máximos permisibles de fuentes fijas que sí son el terreno de A01 LAB —el de la NOM-081-SEMARNAT-1994 y, en la Ciudad de México, la NADF-005-AMBT-2013— o si se queda, como su antecedente de 2021 sobre el mismo artículo y capítulo, en el terreno del ruido entre vecinos y espacios públicos. Ese puente lo ponemos nosotros y hoy no se puede tender con certeza. Es distinta de la Ley General de Control del Ruido Urbano que ya seguíamos (iniciativa de la diputada Elvia Estrada, aprobada en comisión el 23/05/2026 y turnada como ley general al Congreso de la Unión): esta es una reforma local, ya aprobada por el Pleno de la CDMX, a una ley distinta. Vale la pena seguirla hasta que aparezca el decreto en la Gaceta Oficial, porque ahí sí se sabrá si alcanza a una planta industrial o no.
Congreso de la Ciudad de México (comunicación social)Ver fuente
Salud ocupacional19 feb 2026
Estudio calcula que Monterrey rondará los 31 °C de WBGT durante el Mundial 2026, nivel de riesgo térmico ocupacional
Publicado el 19 de febrero de 2026 en Applied Physiology, Nutrition, and Metabolism (DOI 10.1139/apnm-2025-0427), el estudio de Andrew Grundstein, Margaret Morrissey-Basler, Rebecca Stearns y Sebastien Racinais evalúa el riesgo de calor ocupacional —no el de jugadores ni espectadores, que ya se había estudiado antes— para la fuerza de trabajo del Mundial 2026 en sus 16 sedes de Estados Unidos, México y Canadá. Es un estudio de modelación climática, no de mediciones en campo: usa 30 años (1991-2020) de datos meteorológicos horarios para calcular la temperatura de globo húmedo (WBGT) en cada sede y compararla contra los límites de exposición recomendados (REL) y de alerta (RAL) del NIOSH estadounidense, según carga de trabajo y esquema de descanso. Encuentra variación entre ciudades: las cálidas y húmedas —Houston, Miami y Monterrey— alcanzan con frecuencia un WBGT máximo cercano a 31 °C, que rebasa los umbrales de seguridad sobre todo con cargas de trabajo altas y turnos largos; ciudades más templadas como Seattle y San Francisco suelen quedarse bajo 20 °C en condiciones típicas pero enfrentan riesgo agudo en eventos extremos, como la ola de calor del Pacífico Noroeste de 2021 (WBGT arriba de 32 °C). La sombra reduce el WBGT pico entre 2 y 3 °C y baja de forma notable la frecuencia con que se rebasan REL y RAL; los trabajadores no aclimatados enfrentan umbrales de alerta más bajos y por tanto más y más prolongadas excedencias que los aclimatados. Los autores recomiendan planes de gestión térmica específicos por sede, con horarios flexibles, acceso a hidratación y enfriamiento, protocolos de aclimatación y planes de contingencia para eventos extremos.
Qué significa para ti
Es la primera pieza que este boletín cubre que calcula el WBGT —el mismo tipo de índice fisiológico que exige la NOM-015-STPS-2001 bajo el nombre de ITGBH— con una cifra concreta para una ciudad mexicana. Dicho eso, hay que leerlo con cuidado: es un modelo construido sobre 30 años de datos de estaciones meteorológicas, no mediciones tomadas en un puesto de trabajo real, y describe personal de montaje, logística y operación de un evento deportivo al aire libre, no una nave industrial techada. No cambia ninguna obligación de la NOM-015 ni la sustituye: para eso sigue haciendo falta la medición en sitio, con carga de trabajo y vestimenta reales, que es lo que hace A01 LAB. Lo que sí aporta es un dato de contexto verificable: si su planta opera en Monterrey o en alguna zona cálida y húmeda comparable, junio y julio —los meses del Mundial y, en general, los de mayor calor en gran parte del país— son exactamente la ventana en la que conviene programar la evaluación térmica y no después.
Applied Physiology, Nutrition, and MetabolismVer fuente
Equipo de protección30 jun 2026
En una automotriz china, clasificar el riesgo de ruido por puesto y probar el ajuste del protector auditivo bajó la hipoacusia nueva de 5.5% a 1% en tres años
Publicado el 30 de junio de 2026 en Noise & Health (28(132):640-647, DOI 10.4103/nah.nah_48_26), firmado por XuanYu Chen y LianGong Cai del Instituto de Prevención y Tratamiento de Enfermedades Ocupacionales de Hunan, China, es un estudio de cohorte retrospectivo en 400 trabajadores hombres de una planta automotriz, seguidos de enero de 2021 a diciembre de 2023. La asignación a grupo no la hicieron los investigadores sino la política de la empresa: el grupo control (200 trabajadores, un taller) recibió protección tradicional —monitoreo anual de ruido, tapones uniformes con NRR ≥20 dB y examen auditivo anual—; el grupo de observación (200 trabajadores, otro taller) recibió clasificación de riesgo por puesto en cuatro niveles según la norma china GBZ/T 229.4-2012 (de 85 hasta ≥100 dB(A) de LEX,8h), con medidas escalonadas por nivel —desde tapones estándar hasta controles de ingeniería, orejeras activas y turnos de exposición acotados— más un programa de protección auditiva estructurado que incluyó prueba de ajuste anual con sistema REAT para verificar la atenuación real en cada trabajador. Al cierre de 2023, el grupo de observación tuvo mejor cumplimiento de EPP (87.50% contra 63.00%), menor exposición a ruido (86.26±1.99 contra 88.72±1.77 dB(A); diferencia ajustada −2.44 dB(A)), menor pérdida auditiva en frecuencias del habla (20.00% contra 52.50%) y en altas frecuencias (35.00% contra 65.00%), menor cambio estándar del umbral auditivo o STS (5.00% contra 20.00%) y menos casos nuevos de hipoacusia ocupacional diagnosticada, es decir ONIHL (1.00% contra 5.50%; razón de momios ajustada 0.176, IC95% 0.038-0.812, p=0.026). Por tipo de puesto, la diferencia en STS fue significativa en prensado y en maquinado, pero no en soldadura. Los propios autores señalan que el diseño es cuasi-experimental —la asignación fue por taller y por política de la empresa, no aleatoria—, que no puede descartarse confusión residual por cultura de gestión o supervisión, que es de un solo centro y solo hombres, que no se midieron tabaquismo, alcohol, hipertensión ni exposición a fármacos ototóxicos, que tres años es corto para una enfermedad crónica, y que la audiometría tonal es menos sensible que las emisiones otoacústicas.
Qué significa para ti
No es normativa mexicana ni crea ninguna obligación bajo la NOM-011-STPS-2001: usa la clasificación china GBZ/T 229.4-2012, no una NOM. Lo que aporta es evidencia real, de tres años en una planta en operación, de que clasificar el riesgo por puesto y verificar con prueba de ajuste que el protector realmente atenúa —no solo repartir tapones— se traduce en menos diagnósticos nuevos de hipoacusia, no solo en mejor cumplimiento en el papel. Complementa el boletín SHIB de OSHA sobre prueba de ajuste que ya cubrimos en la edición del 6 de septiembre: aquel documento describía el método y aclaraba que no es obligatorio; este estudio es el primero que hemos visto que mide un resultado de salud real al combinarlo con clasificación de riesgo. Sirve como argumento para clientes que evalúan ir más allá del mínimo de cumplimiento en su programa de conservación auditiva, sobre todo en líneas de prensado y maquinado, que fue donde el efecto se vio con claridad estadística; en soldadura no se alcanzó significancia. La reserva de lectura es la misma que señalan los propios autores: la asignación no fue aleatoria —fue la propia empresa la que decidió qué taller recibía qué protocolo—, así que esto es asociación fuerte, no prueba de causalidad.
Revista Noise & Health (Wolters Kluwer / Medknow), copia en PubMed CentralVer fuente
Ciencia16 mar 2026
En 632 trabajadores de minería y transporte en Tanzania, 71% de las mediciones de vibración en minería rebasó el valor de acción europeo
Publicado el 16 de marzo de 2026 en Frontiers in Public Health (DOI 10.3389/fpubh.2026.1735367), firmado por Israel Nyarubeli, Gloria Sakwari, Suleiman Chombo y coautores de la Universidad Muhimbili de Ciencias de la Salud y Afines (Tanzania), la Universidad de Bergen (Noruega) y el Fondo de Compensación de Trabajadores y la Autoridad de Seguridad y Salud Ocupacional de Tanzania, es un estudio transversal analítico levantado entre mayo y julio de 2023. Participaron 632 trabajadores —158 de minería (25%) y 474 de transporte de carga (75%)— con 141 mediciones de vibración de cuerpo entero tomadas con acelerómetros triaxiales (PCE-VM31 y Svantek 106A) siguiendo la norma ISO 2631-1:1997, cada una de entre 27 y 42 minutos, para calcular la exposición equivalente a 8 horas A(8). El promedio de A(8) fue 0.63 m/s² en minería (hasta 0.99-1.09 m/s² en bulldozers, los equipos más expuestos) y 0.51 m/s² en transporte; 71% de las mediciones en minería igualó o rebasó el valor de acción de la Directiva Europea 2002/44/EC (0.5 m/s² A(8)), que Tanzania adoptó en su propia norma TZS 1398-1:2018. El dolor lumbar se midió con un cuestionario adaptado de las guías EU BIOMED para vigilancia de salud por vibración y del Cuestionario Nórdico Musculoesquelético, definido como dolor lumbar autorreportado en los 12 meses previos; la prevalencia general a 12 meses fue 42.5%. En un modelo de regresión de Poisson ajustado (n=612), la exposición A(8) ≥0.5 m/s² se asoció con 22% más riesgo relativo de dolor lumbar crónico (RR ajustado 1.22, IC95% 1.01-1.47, p=0.039), tras ajustar por dolor en piernas, sector minero, antigüedad e IMC. Los propios autores señalan que las mediciones no cubrieron todas las estaciones del año, que su protocolo de 27 a 42 minutos por operador —frente a turnos reales de hasta 12 horas— probablemente subestima la exposición ocupacional real, que el muestreo de equipos y camiones no fue aleatorio, que ISO 2631-1:1997 con métrica RMS puede subestimar la severidad en tareas dominadas por choques mecánicos repetidos (para eso existe ISO 2631-5:2018 como enfoque complementario), que el diseño transversal y el resultado autorreportado impiden inferir causalidad, y que la muestra fue 98.7% masculina.
Qué significa para ti
No es normativa mexicana —usa el valor de acción europeo, adoptado en Tanzania, no la NOM-024-STPS-2001— pero sí es el tipo de evidencia de campo, con muestra grande (632 trabajadores, 141 mediciones directas), que sustenta por qué A01 LAB mide vibración de cuerpo entero en maquinaria pesada y transporte de carga: al cruzar el mismo umbral que se usa como disparador en buena parte del mundo, el riesgo de dolor lumbar crónico sube de forma medible incluso después de ajustar por otros factores. Si su planta opera montacargas, cargadores frontales u otro equipo móvil pesado, o tiene flota de transporte de largo recorrido, es justo la exposición que esta medición busca detectar antes de que se vuelva una queja músculo-esquelética documentada. Dos reservas que vale la pena tener presentes: es un diseño transversal —muestra asociación, no que la vibración cause el dolor lumbar—, y los propios autores advierten que su protocolo de medición, más corto que un turno completo, probablemente subestima la exposición real, así que el riesgo verdadero podría ser mayor al reportado.
Las ligas llevan a los sitios de las fuentes originales, que no son de
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